Sentencia N° 1964 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1964, Exp. 04-2816, 25/07/2005
Expediente04-2816
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2005-07-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la necesidad de que los tribunales de segunda instancia reciban copia certificada de todas las actas que integran el expediente de la causa. En este caso, se trató de un recurso de apelación interpuesto por Luis Eduardo Bermúdez Rothe, quien no recibió la documentación completa necesaria para la evaluación de su apelación. La Sala ordenó a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta que remita dicha documentación en un plazo de 72 horas.

Extracto de la motiva

Ya esta Sala se ha pronunciado sobre la necesidad de remitir a los tribunales que conocen en segunda instancia, copia certificada de la totalidad de las actas que integran el expediente contentivo de la causa, tal y como quedó asentado en la decisión N° 488 del 6 de abril de 2001, caso: Delu Holender, según la cual “…el juez de la segunda instancia debe recibir siempre, así exista apelación, copia certificada de todas las actuaciones, ya que sólo así puede analizar integralmente el fallo de la instancia inferior… tanto en las apelaciones como en las consultas, conforme al artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, los Tribunales de la Segunda Instancia deben recibir copia certificada de todo el expediente contentivo del fallo que será conocido en apelación o consulta, dictado por la primera instancia”.

Dispositiva

En atención a ello, esta Sala ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en su Sala Accidental N° 25, remita dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes a su notificación, copia certificada de la totalidad de la actas que conforman la causa seguida por el accionante, ciudadano Luis Eduardo Bermúdez Rothe, titular de la cédula de identidad N° 3.413.713, signada con el alfanumérico OP01-O2004-000001 (nomenclatura de ese Juzgado). Publíquese y regístrese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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