Sentencia N° 1956 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1956, Exp. 23-0008, 14/12/2023
Expediente23-0008
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Wolfgang Eduardo Toledo Revolledo, quien impugnaba la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible su recurso de apelación. La Sala fundamentó su decisión en la falta de agotamiento de los recursos ordinarios disponibles, específicamente el recurso de casación, que podría haber sido utilizado para contrarrestar la decisión impugnada. Además, se destacó que la acción de amparo no puede ser utilizada como sustituto de los medios procesales establecidos en el ordenamiento jurídico.
Extracto de la motiva
motivación por la simple excusa o la errada convicción de que le competen motivar es al juez de juicio, en tal virtud es visto entonces que es deber incuestionable el que el juez motive de forma clara los argumentos de hecho y de derecho, en base a su dispositivo, de manera que permita a las partes los argumentos en que se fundamento, que no puede ser obvio en ningún caso. En fecha 14 de julio de 2022, el abogado OSWALDO RAFAEL IDROGO, en representación del ciudadano WOLFANG (sic) EDUARDO TOLEDO REVOLLEDO consigna escrito de apelación por medio del cual, refiere que en la decisión definitiva incurrió en la violación de la Ley por inobservancia de una norma judicial, por que sin serlo, declaro ...según del material probatorio habido en las actas del expediente se ha contactado la comisión por parte de tos ciudadanos ya acusados por el Ministerio Publico: (sic) JUSTA MARIA (sic) CENTENO CURVELO y CARLOS BUSTAMENTE GUTIERREZ (sic), un hecho que acarrea responsabilidad penal y que está identificado como delito cene los artículos 319 y 322 del Código Penal, Folios del 33 al 34 pieza 2. En fecha 29 de julio de 2022, la sala 3 emitió pronunciamiento declarando ANADMISIBLE POR MANIFISTAMENTE INFUNDADO EL RECURSO DE
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por la representación judicial del ciudadano WOLFGANG EDUARDO TOLEDO REVOLLEDO, contra la sentencia dictada, el 14 de noviembre de 2022, por la Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadrecurso de apelación