Sentencia N° 1954 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de agosto de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1954, Exp. 02-0739, 15/08/2002
Expediente02-0739
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-15
DecisiónImprocedente in limine litis

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Cesar Alexis Villanueva y Jesús Gutiérrez en representación de Adolfo José Marín, contra la decisión del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la solicitud de amparo, lo que motivó la consulta a la Sala Constitucional. La Sala determinó que la acción de amparo no era la vía idónea para atacar la decisión del juez de control, pero consideró que la Corte de Apelaciones no debió declarar la acción inadmisible, sino improcedente in limine litis.

Extracto de la motiva

Esta Sala debe previamente determinar su competencia para conocer de la presente consulta y, a tal efecto, observa que en el presente caso, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre conoció en primera instancia de una acción de amparo, razón por la cual, esta Sala Constitucional, coherente con los fallos dictados el 20 de enero de 2000 (Casos: Emery Mata Millán y Domingo Ramírez Monja), se declara competente para conocer de la presente consulta. Así se decide. Decidido lo anterior, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de dicha consulta, a cuyo fin se observa que, el fallo dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, el 15 de marzo de 2002, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, numeral 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por considerar que el amparo no era la vía idónea para atacar la decisión del juez de control. Al respecto, se evidencia del escrito contentivo de la acción de amparo, que los solicitantes fundamentaron el amparo sobre el supuesto de que el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre debió cambiar la calificación jurídica del delito de robo agravado a robo simple, y no, haber ordenado la apertura a juicio oral por el primero de éstos; de manera que, considera esta Sala, que los abogados accionantes han pretendido impugnar el fondo de la decisión proferida por el mencionado Tribunal de Control que le fue adversa, para lograr la revisión del criterio de interpretación del Juzgador en su decisión, atacando así, la valoración del juez. En tal sentido, resulta oportuno referir que, en reiteradas oportunidades, la Sala ha establecido que, en virtud de la autonomía e independencia de la que gozan los jueces al decidir, los mismos, si bien deben ajustarse a la Constitución y a las leyes al resolver una controversia, disponen de un amplio margen de valoración sobre los medios probatorios y del derecho aplicable a cada caso, por lo cual pueden interpretarlos y ajustarlos a su entendimiento, como actividad propia de su función de juzgar, sin que el juzgador de amparo pueda inmiscuirse dentro de esa autonomía del juez en el estudio y resolución de la causa, salvo que tal criterio viole, notoriamente, derechos o principios constitucionales, supuesto que, en el presente caso, no se verificó.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la decisión del 15 de marzo de 2002 proferida por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre y, en consecuencia, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Cesar Alexis Villanueva y Jesús Gutiérrez, defensores privados del ciudadano Adolfo José Marín, contra la decisión del 5 de marzo de 2002 proferida por el Tribunal Segundo de Control del mencionado Circuito Judicial.

Palabras clave

amparo constitucionalrobo agravadodebido procesopresunción de inocenciaCorte de Apelacionesdecisión judicialcalificación jurídicainadmibilidad

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