Sentencia N° 1952 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de octubre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1952, Exp. 07-0661, 19/10/2007
Expediente07-0661
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-10-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo interpuesto por Alberto Salas Díaz, quien alegó violaciones a sus derechos fundamentales en un proceso penal. La Corte de Apelaciones del Estado Zulia había declarado inadmisible el amparo, lo que motivó la apelación del accionante. La Sala Constitucional, al revisar el caso, consideró necesario solicitar las actas del proceso penal para poder valorar adecuadamente los derechos vulnerados.
Extracto de la motiva
Ahora bien, encuentra esta juzgadora que, como adujo la primera instancia, para la decisión en la presente causa, es necesaria la valoración de actas que corresponden al juicio penal en referencia y las cuales no aparecen agregadas al expediente de este juicio de amparo. Adicionalmente, es esencial que, para la decisión en la presente instancia, sean apreciados y valorados los elementos de convicción que tuvo a su disposición el a quo y los cuales, presumiblemente, éste extrajo del expediente del antes señalado proceso penal. Por tales razones, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, ordena a la Presidenta de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que, de inmediato y dentro del término de distancia que corresponda, remita a la Sala copia certificada del expediente que contiene las actuaciones de la antes identificado proceso penal n.° 2C-S-030-07, sin perjuicio del apercibimiento de las responsabilidades legales que le fueren imputables, en el supuesto de persistencia futura en la referida omisión y de la imposición de las sanciones que establece el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.
Palabras clave
amparoderechos fundamentalesdebido procesopresunción de inocenciaapelaciónCorte de ApelacionesLey Orgánica de Amparo