Sentencia N° 1951 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1951, Exp. 09-0292, 15/12/2011
Expediente09-0292
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-12-15
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 2180 de la Sala de Casación Social, que había declarado nula una decisión del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de Monagas. La revisión se fundamentó en la incongruencia omisiva y la violación del debido proceso, afectando los derechos de los adolescentes sucesores de Raúl Brazón. La Sala declaró competente a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para conocer del juicio de interdicto restitutorio, resolviendo así el conflicto de competencia y ordenando la remisión del expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al revisar la sentencia N° 2180, encontró que la Sala de Casación Social había incurrido en incongruencia omisiva al no resolver el conflicto de competencia planteado por el Juzgado Superior Quinto Agrario. Se destacó que la protección de los derechos de los niños y adolescentes debe prevalecer, y que la competencia para conocer del caso corresponde a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La Sala enfatizó la importancia del debido proceso y la tutela judicial efectiva, declarando nula la decisión impugnada y ordenando la remisión del expediente al tribunal competente.
Dispositiva
1) HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Henry Ramón Villarroel Cortez, en su carácter de apoderado judicial 'de los adolescentes sucesores de RAÚL BRAZÓN' de la sentencia N° 2180, dictada por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia el 17 de diciembre de 2008, la cual se anula. 2) RESUELVE EL CONFLICTO DE COMPETENCIA surgido; 3) declara COMPETENTE a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas para conocer el interdicto restitutorio seguido por el ciudadano Julio Felice Falzarano Briceño contra Omar Herminio Brazón y los sucesores de Raúl Brazón. 4) NULA la decisión proferida, el 25 de marzo de 2008, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. 5) Ordena al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, decidir la apelación ejercida por el ciudadano Julio Felice Falzarano Briceño contra el fallo dictado por la Sala de Juicio Segunda del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la referida Circunscripción Judicial, por su Juez Accidental si fuere el caso, que declaró la perención de la instancia, del 10 de agosto de 2006. 6) Se deja sin efecto la medida cautelar dictada por esta Sala. 7) Se ordena a la Secretaría de esta Sala desglosar el expediente contentivo de la causa principal y remitirlo al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a los fines de que decida la apelación interpuesta, de acuerdo a lo expuesto en el presente fallo.