Sentencia N° 195 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de febrero de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0195, Exp. 19-0021, 12/07/2019
Expediente19-0021
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-02-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional admitió la demanda de amparo constitucional presentada por los abogados de Luisa Fernanda Concha Puig y Hugo Patricio Concha Puig, contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Se suspendieron cautelarmente los efectos de la decisión adversada y se ordenó la notificación a las autoridades correspondientes para el cumplimiento de la medida cautelar. Además, se negó la medida cautelar solicitada por la parte actora relacionada con la congelación de cuentas y la prohibición de enajenar bienes.
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la demanda de amparo constitucional interpuesta. SEGUNDO: Se ADMITE la referida demanda de amparo. TERCERO: Se ORDENA la notificación del presidente de la Corte de Apelaciones. CUARTO: Se ORDENA la notificación del Fiscal General. QUINTO: Se ORDENA a la Corte de Apelaciones que notifique al querellante. SEXTO: Se SUSPENDEN, cautelarmente, los efectos de la decisión adversada. SÉPTIMO: Se NIEGA la medida cautelar solicitada. OCTAVO: Se ORDENA la notificación al presidente de la Corte de Apelaciones.
Palabras clave
amparocautelardecisiónCorte de Apelacionesderechosjusticiaproceso penal