Sentencia N° 195 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de marzo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 195, Exp. 16-0112, 28/03/2016
Expediente16-0112
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Agustín Álvarez Cardier, en representación de Carmen Augusta Quijada y José Félix Quijada, contra la sentencia de la Sala de Casación Civil que declaró sin lugar un recurso de casación. La decisión se fundamenta en la imposibilidad de interponer acciones de amparo contra sentencias del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a la legislación vigente.

Extracto de la motiva

La acción de amparo interpuesta es inadmisible, de conformidad con lo establecido en los artículos 6, numeral 6, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara COMPETENTE para conocer, e INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Agustín Álvarez Cardier, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos CARMEN AUGUSTA QUIJADA y JOSÉ FELIX QUIJADA, contra la sentencia n.° RC.000499 del 6 de agosto de 2015, dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.

Palabras clave

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