Sentencia N° 1936 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de noviembre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1936, Exp. 06-0793, 21/11/2006
Expediente06-0793
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2006-11-21
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por Noel Arellano Espinoza, apoderado judicial de Aguas de Yaracuy C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Yaracuy que declaró inadmisible el amparo. La Sala fundamenta su decisión en la falta de legitimación del apelante para intentar la acción de amparo, ya que no se presentó un poder suficiente que acreditara su capacidad para actuar en nombre de la empresa. Además, se señala que el apelante no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, partió de un falso supuesto para declarar la inadmisibilidad de la presente solicitud de amparo, pues consideró que el abogado NOEL ARELLANO ESPINOZA, carecía de legitimidad para invocar la tutela constitucional, al no ser el poder otorgado suficiente, por carecer de la facultad para intentar acciones de amparo; afirmando que ‘...sólo se reconoce su capacidad para actuar en representación de la empresa AGUAS DE YARACUY C.A. por ante los órganos administrativos y Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial...’, sin advertir que del mencionado poder se desprendía que las facultades otorgadas fueron amplias y no limitadas única y exclusivamente al procedimiento seguido para el cobro de las prestaciones sociales reclamadas, por lo que la inadmisibilidad declarada con la motivación del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, resulta improcedente y así se decide.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por Noel Arellano Espinoza en su carácter de apoderado judicial de la empresa Aguas de Yaracuy C.A contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy que declaró inadmisible el amparo intentado contra los Jueces Primero, Segundo y Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Así se decide.

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