Sentencia N° 1928 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de octubre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1928, Exp. 07-0468, 19/10/2007
Expediente07-0468
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de octubre de 2007, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por José del Carmen Villalobos Fernández contra el fallo del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que había declarado parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional presentada por Adolfo José Sánchez Bueno Díaz. La Sala consideró que se vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso al haberse notificado al accionante a través de un abogado que no tenía poder para representarlo, lo que llevó a la anulación de las decisiones impugnadas y a la reposición del proceso para que se practicara la notificación correcta.

Extracto de la motiva

El fallo apelado declaró parcialmente con lugar la acción de amparo interpuesta contra la sentencia del 23 de marzo de 2006 y el auto de ejecución del 25 del mismo año, dictadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y, en consecuencia, anuló las decisiones impugnadas y repuso la causa al estado de practicarse la notificación del ciudadano Adolfo José Sánchez Bueno Díaz, por considerar que, a pesar de que el accionante no alegó, ni demostró que la juez que se abocó al conocimiento de la causa se encuentra incursa en alguna de las causales de recusación previstas en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se vulneró el derecho a la defensa y el debido proceso por haber notificado al accionante del abocamiento en la persona del abogado Iván Cabrera, sin tener éste poder para representar al accionante en el proceso.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano José del Carmen Villalobos Fernández, contra el fallo dictado, el 28 de febrero de 2007, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, que declaró parcialmente con lugar la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Adolfo José Sánchez-Bueno Días contra la sentencia del 23 de marzo de 2006 y el auto de ejecución del 25 de julio del mismo año, ambas dictadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la misma circunscripción judicial. En consecuencia se CONFIRMA el fallo apelado.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesonotificaciónjuez suplentesentenciaejecuciónapelación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca