Sentencia N° 1927 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1927, Exp. 08-1190, 04/12/2008
Expediente08-1190
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-12-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento en representación de Jesús Ramón Villafañe Hernández, quien fue destituido del cargo de juez por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La Sala argumenta que el apoderado no presentó un poder suficiente para actuar en este procedimiento, lo que constituye una falta de legitimación activa para interponer el amparo.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la acción de amparo constitucional fue interpuesta sin la debida representación del accionante, lo que lleva a la inadmisibilidad de la misma. Se enfatiza que el amparo es una acción autónoma que requiere un poder específico para su ejercicio, y en este caso, el abogado no cumplió con este requisito. Además, se menciona que el demandante había interpuesto un recurso contencioso administrativo de nulidad, lo que refuerza la decisión de inadmisibilidad del amparo.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JESÚS RAMÓN VILLAFAÑE HERNÁNDEZ, contra el acto dictado el 28 de julio de 2008, por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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