Sentencia N° 1920 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1920, Exp. 11-0929, 15/12/2011
Expediente11-0929
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-12-15
DecisiónHA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 966 de la Sala Político Administrativa, que había declarado desistida una apelación interpuesta por el Municipio Bolivariano Libertador. Los abogados de DATANÁLISIS C.A. argumentaron que la decisión violó derechos fundamentales al extender el privilegio de consulta obligatoria al Municipio, lo que alteró el equilibrio procesal. La Sala Constitucional concluyó que la sentencia impugnada no se ajustaba a la normativa vigente y que los municipios no gozan de privilegios procesales similares a los de la República, lo que llevó a anular la decisión y ordenar un nuevo pronunciamiento.

Extracto de la motiva

La Sala ha sostenido en casos anteriores que la labor tuitiva del Texto Constitucional mediante la revisión extraordinaria de sentencias no se cristaliza de forma similar a la establecida para los recursos de gravamen o impugnación, diseñados para cuestionar la sentencia, para ese entonces, definitiva. Antes bien, el hecho configurador de la revisión extraordinaria no es el mero perjuicio, sino que, además, se verifique un desconocimiento absoluto de algún precedente dictado por esta Sala, la indebida aplicación de una norma constitucional, un error grotesco en su interpretación o, sencillamente, su falta de aplicación, lo cual se justifica en el hecho de que en los recursos de gravamen o de impugnación existe una presunción de que los jueces en su actividad jurisdiccional, actúan como garantes primigenios de la Carta Magna. De tal manera que, sólo cuando esa presunción logra ser desvirtuada es que procede, la revisión de la sentencia (Vid. Sentencia de la Sala N° 2.957 del 14 de diciembre de 2004, caso: “Margarita de Jesús Ramírez”).

Dispositiva

1.- HA LUGAR la solicitud de revisión interpuesta por la sociedad mercantil DATANÁLISIS C.A., contra la sentencia dictada por la Sala Político Administrativa de este Alto Tribunal el 6 de octubre de 2010, signada con el N° 0966. 2.- ANULA el mencionado fallo de la Sala Político Administrativa de este Alto Tribunal y, se ORDENA que se dicte nueva decisión tomando en consideración la doctrina establecida en la presente sentencia.

Palabras clave

revisión constitucionalprerrogativas procesalesentidades públicasinterpretación restrictivaigualdadtutela judicial

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