Sentencia N° 1920 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1920, Exp. 01-2599, 13/08/2002
Expediente01-2599
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la controversia entre DISTRIBUIDORA SAMTRONIC DE VENEZUELA C.A. y el SENIAT, relacionado con el incumplimiento de medidas cautelares dictadas por un tribunal inferior. La parte actora alegó que el SENIAT no acató la decisión judicial que dejaba vigentes dichas medidas cautelares, lo que constituyó un desacato. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que efectivamente existía un desacato por parte del SENIAT y ordenó su cumplimiento. La decisión reafirma la autoridad de las decisiones judiciales y la obligación de los órganos del Estado de acatarlas.

Extracto de la motiva

La Sala debe, en primer lugar, analizar si en el presente caso encuentra un conflicto de orden constitucional entre dos órganos del Poder Público. En ese sentido, observa que la parte actora afirma la existencia de un conflicto entre el Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, integrante del Poder Judicial, y el SENIAT, instituto autónomo, adscrito al Ministerio de Finanzas, integrante del Poder Ejecutivo, los cuales constituyen órganos del Poder Público y, por eso, se cumple el primer supuesto de la norma citada. En cuanto al segundo de los supuestos incluidos en la norma, existencia de un conflicto constitucional, se observa que el mismo derivaría del incumplimiento, por parte del SENIAT, de una decisión judicial, situación de hecho que niega el SENIAT, quien, en cambio, señaló que no se está en presencia de un conflicto constitucional, sino de una controversia entre particulares. Al respecto, la Sala observa que la demandante señaló que la controversia constitucional surgía de la negativa del Superintendente del SENIAT al acatamiento de la sentencia que dictó esta Sala Constitucional el 3 de agosto de 2001 (expediente nº 01-474) que dejó vigente el decreto cautelar que fue dictado, el 20 de septiembre de 2000, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

ORDENA al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) que dé cumplimiento a las medidas cautelares que acordó el 20 de septiembre de 2000, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mientras las mismas no sean revocadas o anuladas por otro órgano judicial.

Palabras clave

desacatomedidas cautelaresSENIATcontroversia constitucionaldistribuidoradecisión judicialcumplimientoderecho a la tutela judicial

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