Sentencia N° 192 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de marzo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 192, Exp. 15-0864, 28/03/2016
Expediente15-0864
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2016-03-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda presentada por el abogado Gilberto Rúa, quien solicitó la nulidad por inconstitucionalidad del precepto 53 de la Ley Orgánica de Procedimiento Electoral. La decisión se basa en que el solicitante no subsanó las deficiencias advertidas en su escrito inicial, lo que impide su tramitación. La Sala resalta que la falta de claridad y coherencia en la demanda original y en la corrección presentada por Rúa son razones suficientes para declarar la inadmisibilidad.

Extracto de la motiva

Así las cosas, por cuanto la parte actora no corrigió de forma satisfactoria las deficiencias que presentó la demanda primigenia, pese al auto emanado de esta Sala que ordenó su corrección, resulta forzoso declarar inadmisible la presente demanda formulada por el ciudadano Gilberto Rúa. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda formulada por el abogado Gilberto Rúa. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

nulidadinconstitucionalidadLey Orgánica de Procedimiento Electoraldemanda inadmisible

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