Sentencia N° 1916 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1916, Exp. 10-0947, 15/12/2011
Expediente10-0947
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-12-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, anula la sentencia n.° 702 dictada el 1º de julio de 2010 por la Sala de Casación Social, debido a violaciones de derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa. Se argumenta que la reasignación de la ponencia por error involuntario no afectó el derecho a la defensa de las partes, pero se reconoce que el acuerdo de conciliación alcanzado entre las partes no fue debidamente plasmado en acta, lo que lo hace inexistente. La Sala también anula la decisión n.° 1254 del 4 de agosto de 2009, que declaró desistido el recurso de casación, y repondrá la causa al estado en que se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1) HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el ciudadano LUIS VLADIMIR MENDOZA LÓPEZ de la decisión nº 702 dictada el 1º de julio de 2010 por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, la cual se anula. 2) En aras de preservar el derecho a la defensa y el debido proceso del ciudadano Luis Vladimir Mendoza López, ANULA igualmente la decisión nº 1254 del 4 de agosto de 2009, dictada por la Sala de Casación Social, mediante la cual se declaró desistido el recurso de casación interpuesto por el accionante y REPONE la causa al estado en que la mencionada Sala, previa notificación de las partes, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1) HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el ciudadano LUIS VLADIMIR MENDOZA LÓPEZ de la decisión nº 702 dictada el 1º de julio de 2010 por la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, la cual se anula. 2) En aras de preservar el derecho a la defensa y el debido proceso del ciudadano Luis Vladimir Mendoza López, ANULA igualmente la decisión nº 1254 del 4 de agosto de 2009, dictada por la Sala de Casación Social, mediante la cual se declaró desistido el recurso de casación interpuesto por el accionante y REPONE la causa al estado en que la mencionada Sala, previa notificación de las partes, fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria.

Palabras clave

debido_procesodefensaconciliaciónexpectativa_legítimacosa_juzgadasentenciacasación

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