Sentencia N° 1907 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de noviembre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1907, Exp. 08-1142, 01/12/2008
Expediente08-1142
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-01
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de noviembre de 2008, declaró no ha lugar a la solicitud de revisión presentada por los ciudadanos Frank Eduardo Alvarado Barrios, Engelbert Antonio Bermúdez Contreras y Jhonny Gilberto Castro Ramírez, quienes alegaron violaciones a sus derechos constitucionales en la sentencia dictada por la Sala de Casación Penal el 5 de agosto de 2008. La Sala Constitucional argumentó que la revisión no constituye una tercera instancia y que no se evidenciaron infracciones grotescas de interpretación de normas constitucionales en la decisión impugnada. La Sala destacó que la revisión extraordinaria tiene como objetivo unificar criterios constitucionales y garantizar la supremacía de las normas, y no se puede utilizar para la defensa de derechos subjetivos. En este sentido, se concluyó que la Sala de Casación Penal actuó dentro de su competencia y no vulneró los derechos alegados por los solicitantes, por lo que se desestimó su solicitud de revisión.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión que presentaron los ciudadanos Frank Eduardo Alvarado Barrios, Engelbert Antonio Bermúdez Contreras y Jhonny Gilberto Castro Ramírez, asistidos por el abogado Antonio Conesa, contra la sentencia que dictó el 5 de agosto de 2008, la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal Supremo. Publíquese, regístrese, notifíquese, archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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