Sentencia N° 1906 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1906, Exp. 02-1265, 11/07/2003
Expediente02-1265
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-07-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Franklin Alexander Díaz Galviz, quien alegó violaciones a su derecho a la defensa y al debido proceso tras su detención y el manejo de su caso por los tribunales de Mérida. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, argumentando que el demandante no había impugnado a tiempo la medida privativa de libertad. La Sala, tras revisar el caso, determinó que la audiencia oral se realizó conforme a lo programado, lo que hizo inoficioso pronunciarse sobre la posible violación de derechos alegada por el apelante.
Extracto de la motiva
En primer lugar, esta Sala pasa a pronunciarse acerca de su competencia para conocer de la apelación interpuesta por el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER DÍAZ GALVIZ, asistido por los abogados EDGAR ENRIQUE MORALES RAMÍREZ y LEIDA JUDITH GUERRERO COLMENARES, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, del 14 de mayo de 2002, en la cual se declaró inadmisible la acción de amparo intentada, de conformidad con el artículo 6, numeral 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. En tal sentido, reiterando los criterios sostenidos en las sentencias de fecha 20 de enero de 2000 (Casos: Emery Mata y Domingo Ramírez Monja), esta Sala se declara competente para conocer de la presente causa. Así se declara. Una vez determinada su competencia, pasa esta Sala a decidir la apelación presentada y al respecto observa: Como se señaló con anterioridad en el presente fallo, la apelación ejercida por el accionante, va dirigida únicamente a la presunta violación en la que incurrió la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al haber declarado inadmisible la acción de amparo, a pesar que -en opinión del accionante- el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, le violó sus derechos constitucionales al fijar la oportunidad para la realización de la audiencia oral para el 27 de agosto de 2002, cuando había sido aprehendido el 30 de marzo del mismo año. Ahora bien, consta en el expediente oficio No. 342/03, emanado del Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en el que le señalaron a esta Sala, que la audiencia oral, correspondiente a la causa seguida al ciudadano FRANKLIN ALEXANDER DÍAZ GALVIS, se realizó el 27 de agosto de 2002, como había sido programada por el Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en consecuencia, de haber existido la violación al derecho a la defensa y al debido proceso denunciada por el accionante mediante esta acción, dicha violación cesó al haberse realizado la audiencia oral, siendo de esta manera inoficioso el que esta Sala se pronuncie sobre la posible violación constitucional en la que presuntamente incurrió la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, al declarar inadmisible la acción de amparo propuesta.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER DÍAZ GALVIS, asistido por los abogados EDGAR ENRIQUE MORALES RAMÍREZ y LEIDA JUDITH GUERRERO COLMENARES, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, el 8 de mayo de 2002, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión aquí apelada. Publíquese y regístrese. Remítase el presente expediente a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho a la defensadebido procesoCorte de Apelacionesaudiencia oralprivación de libertadflagrancia