Sentencia N° 1896 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 1896, Exp. 07-0738, 01/12/2008
Expediente07-0738
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-12-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 1 de diciembre de 2008, declaró con lugar la demanda de amparo constitucional interpuesta por Nancy Núñez Román contra la sentencia del Juzgado Superior Primero Civil, que había declarado con lugar un recurso de apelación y revocado una decisión anterior. La Sala encontró que se habían violado derechos constitucionales, como el principio del doble grado de jurisdicción y el derecho a la defensa, al no pronunciarse sobre la falta de cualidad pasiva y al no establecer claramente los términos de la subrogación en la decisión. La Sala ordenó reponer la causa al estado de que otro tribunal conozca en primer grado de jurisdicción y se pronuncie sobre la admisión de la demanda.

Extracto de la motiva

La ciudadana Nancy Nuñez Román demandó amparo contra el fallo que dictó, el 9 de abril de 2007, el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo pues, en su criterio, ésta infringió sus derechos constitucionales, por cuanto no se respetó el principio del doble grado de jurisdicción, se omitió el análisis de una defensa de fondo el veredicto es de difícil ejecución, pues no expresa como operará la subrogación y, además, declaró procedente una acción caduca. El acto de juzgamiento supuestamente lesivo declaró con lugar la apelación, revocó la decisión que emitió, el 28 de febrero de 2007, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declaró con lugar el retracto legal arrendaticio y sin lugar la reconvención. La representante del Ministerio Público opinó que debían declararse con lugar las pretensiones de amparo; sin embargo, advirtió sobre algunos hechos, que habrían quedado probados en el juicio de retracto legal, que sugerirían la procedencia de este.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de amparo constitucional que fue incoada la ciudadana NANCY NÚÑEZ ROMÁN contra la sentencia que fue dictada, el 9 de abril de 2007, por el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual se ANULA, junto con el fallo que emitió el, 29 de febrero de 2007, el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario de la misma Circunscripción Judicial. En consecuencia, se REPONE la causa principal al estado de que otro Tribunal conozca en primer grado de jurisdicción y se pronuncie sobre la admisión de la demanda que impulsó dicho proceso, con la orden, en caso de admisión, de que se cite al acreedor hipotecario BANAP (ahora BANAVIH) y al operador financiero BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., y que se notifique a la Procuraduría General de la República.

Palabras clave

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