Sentencia N° 1887 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de julio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1887, Exp. 05-0958, 22/07/2005
Expediente05-0958
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la consulta de una sentencia de la Corte de Apelaciones que homologó el desistimiento de una acción de amparo presentada por la Defensora Pública en representación de Darwin Hernández. La Sala determinó que el desistimiento no contaba con la autorización expresa del imputado, lo que llevó a declarar la inadmisibilidad de la acción de amparo. Se revocó la homologación del desistimiento y se declaró que la acción de amparo era inadmisible debido a que la situación que motivó la acción había cesado.
Extracto de la motiva
En consecuencia, vista la imposibilidad para desistir de la acción de amparo constitucional interpuesta, por cuanto no se constata de las actas procesales que conforman el expediente la autorización expresa para desistir de la misma por parte de la Defensora Pública, pues de la lectura del poder apud acta agregado al folio 23 no se desprende el otorgamiento de la facultad expresa para desistir, y dado que el quejoso no desistió personalmente de ésta, esta Sala considera que el a quo no debió homologar el desistimiento planteado por la abogada Maritza Mora Tellez, Defensora Pública Décima Quinta en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en su condición de Defensora Pública del ciudadano Darwin Hernández, ya identificado, y en consecuencia, revoca la sentencia dictada el 11 de abril de 2005 por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual se homologó el desistimiento de la presente acción de amparo constitucional. Así se declara.
Dispositiva
1.- REVOCA el fallo emanado de la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia que homologó el desistimiento de la acción de amparo ejercida por la abogada Maritza Mora Tellez, Defensora Pública Décima Quinta de la Unidad de Defensoría Pública del Estado Zulia, actuando en representación del ciudadano DARWIN HERNÁNDEZ, contra las negativas por parte del Juzgado Undécimo de Control del mismo Circuito Judicial Penal, respecto a varias solicitudes formuladas por el precitado ciudadano de sustituir la medida preventiva de libertad contenida en el numeral 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por una de posible cumplimiento. 2.- NIEGA la homologación del desistimiento presentado por la mencionada Defensora Pública. 3.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta.
Palabras clave
amparo constitucionaldesistimientoderecho al debido procesolibertadpresunción de inocenciamedida cautelarCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelaciones