Sentencia N° 1887 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1887, Exp. 02-0076, 12/08/2002
Expediente02-0076
PonenteJosé M. Delgado Ocando
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional recibió una consulta sobre una acción de amparo interpuesta contra una decisión del Juzgado Sexto de Primera Instancia que revocó un fallo anterior. El Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil y del Tránsito declaró con lugar la acción de amparo, anulando la decisión impugnada y ordenando al Juzgado competente dictar una nueva decisión. La Sala solicita al Juzgado Superior que informe sobre el estado del caso y remita la decisión correspondiente.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se sometió al conocimiento de esta Sala la consulta de una acción de amparo incoada contra la decisión dictada el 23 de mayo de 2001 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró con lugar la apelación incoada contra el fallo dictado el 25 de septiembre de 2000 por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia, revocó la decisión y desechó la demanda por ser contraria a la ley. Ahora bien, el Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta, y, por ende, anuló la decisión accionada y ordenó al Juzgado que resultare competente dictara nueva decisión, teniendo en cuenta lo expresado en dicho fallo.

Dispositiva

En consecuencia, se ordena librar boleta de notificación al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que remita el presente oficio al Juzgado que mediante el sistema de distribución de causas conozca actualmente de la apelación incoada por el abogado Rosenkrans José Rodríguez Zerpa, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Juan José Delgado Rodríguez, contra la decisión dictada el 25 de septiembre de 2000, por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de dicha Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la demanda incoada por la sociedad D-Todo Import, Export, Traiding y Distribuitor, C.D. C.A., y envíe en el lapso perentorio de tres (3) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación, la información requerida, todo ello, en aplicación analógica de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constituciones.

Palabras clave

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