Sentencia N° 1884 — Sala Constitucional del TSJ (2023)

TSJ/SC, Sent. N° 1884, Exp. 19-0069, 11/12/2023
Expediente19-0069
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión—
DecisiónInadmisible

Resumen

La ciudadana Amalia Hernández Castellanos solicitó la aclaratoria de la sentencia n.° 0096 dictada el 14 de agosto de 2020, la cual declaró no ha lugar la solicitud de revisión. La Sala Constitucional, al analizar la solicitud, determinó que fue presentada de manera extemporánea, ya que la norma establece que debe hacerse el día de la publicación o al siguiente. Por lo tanto, se declaró inadmisible la solicitud.

Extracto de la motiva

Que “al realizar un exhaustivo análisis a los argumentos expuestos en el voto salvado, se puede observar claramente que la sentencia del Juez de Alzada no se encuentra conforme a derecho, porque se violó el derecho al debido proceso, la tutela judicial efectiva, desconociéndose las normas constitucionales y jurisprudencia establecidas por ésta Sala, por cuanto no debió continuar conociendo el recurso de apelación interpuesto por la demandada por existir un decaimiento del mismo, por el contrario estaba en la obligación de hacer cumplir la sentencia del Tribunal A quo el cual ordenó la extinción del vínculo matrimonial, el cese de la comunidad de gananciales y la posterior liquidación de la comunidad conyugal, adquiriendo la firmeza. Que “siguiendo con los argumentos del voto salvado, la demandada al ocultar en su escrito de apelación, información sobre el fallecimiento del demandante, se puede evidenciar claramente que actuó de mala fe (artículo 17 del Código de Procedimiento Civil), de forma intempestiva, ocasionando no solo el fraude procesal sino el uso innecesario del aparato judicial, con el fin de pretender lograr otra sentencia que fuera declarada a su favor apareciendo como definitivamente firme y muy especialmente con la finalidad de participar como heredera en un bien inmueble adquirido por su ex cónyuge con anterioridad al matrimonio.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE por extemporánea la solicitud de aclaratoria de la sentencia número 0096 dictada por esta Sala el 14 de agosto de 2020, intentada por la abogada AMALIA HERNÁNDEZ CASTELLANOS, actuando en nombre propio.

Palabras clave

divorciomuertedueño de derechosproceso judicialfraude procesaldebido proceso

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