Sentencia N° 1884 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de noviembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1884, Exp. 08-0999, 28/11/2008
Expediente08-0999
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-11-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional admitió la acción de amparo constitucional presentada por el Síndico Procurador Municipal del Municipio Baruta, en contra de una sentencia que declaró improcedente la solicitud de regulación de competencia. Se ordenó la notificación del tercero interesado, Consorcio G.L.M.T.-LAMILARA, debido a un error en el fallo anterior que omitió dicha notificación. La decisión busca garantizar el derecho a la defensa del tercero interesado en el proceso.
Extracto de la motiva
Esta Sala ORDENA de conformidad con el artículo 21 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la notificación de la empresa Consorcio G.L.M.T.-LAMILARA, en su condición de tercero interesado en la presente acción de amparo. Téngase el presente auto como parte integrante del fallo N° 1718 dictado por el 10 de noviembre de 2008.
Dispositiva
ORDENA de conformidad con el artículo 21 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la notificación de la empresa Consorcio G.L.M.T.-LAMILARA, en su condición de tercero interesado en la presente acción de amparo. Téngase el presente auto como parte integrante del fallo N° 1718 dictado por el 10 de noviembre de 2008.