Sentencia N° 1884 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 1884, Exp. 01-2634, 12/08/2002
Expediente01-2634
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-08-12
DecisiónImprocedente in limine litis
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revoca el fallo del Juzgado Superior Segundo que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por José Piñero Hernández. La Sala determina que la acción no contenía denuncia de violación directa del texto constitucional, sino que se fundamentó en la interpretación errónea de un convenio entre partes. Además, se concluye que el accionante no demostró que el fallo impugnado fue dictado por un juez actuando fuera de su competencia.
Extracto de la motiva
Esta Sala observa, que la sentencia dictada el 6 de noviembre de 2001, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el ciudadano José Piñero Hernández, de conformidad con lo previsto en el artículo 6, numeral 2 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Dicha decisión determinó que la acción de amparo interpuesta, no contenía denuncia alguna de violación directa e inmediata del texto constitucional, sino que se fundamentó en aplicación errónea y desaplicación de un ley, así como en la errónea interpretación de un convenio entre partes. Igualmente, consideró el sentenciador, que se cumplió la doble instancia, no siendo 'la vía de amparo admisible para revisar la sentencia firme de un procedimiento'. Para decidir, esta Sala Constitucional observa que el accionante intentó una acción de amparo constitucional contra una decisión judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y alegó violaciones de rango legal y sub-legal, sin especificar -ni siquiera mencionar- en qué medida dichas presuntas violaciones afectan sus derechos y/o garantías constitucionales.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA el fallo apelado, emanado del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictado en ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Piñero Hernández, el cual declaró inadmisible dicha acción, y la declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS. Queda en los términos expresados resuelta la apelación interpuesta. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de origen.
Palabras clave
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