Sentencia N° 1882 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de agosto de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1882, Exp. 04-1704, 01/09/2004
Expediente04-1704
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-08-01
DecisiónRemitir
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un expediente relacionado con una acción de amparo constitucional presentada por Naudys Antonio Escalona Gil contra Eleuterio García por presunta violación de derechos laborales. La Sala decidió remitir el caso a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo debido a la inaccesibilidad temporal de dicha Corte, que había sido provocada por la destitución de sus miembros. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el acceso a la justicia y la correcta administración del Poder Judicial.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, en virtud de la situación excepcional de inaccesibilidad de la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, acordó conocer per saltum de las apelaciones y consultas de las sentencias que dictaran los Juzgados Superiores en lo Contencioso-Administrativo. Esta decisión se basa en la interpretación de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece la competencia de la Sala Constitucional para revisar sentencias de amparo en circunstancias especiales.
Dispositiva
Esta Sala, con fundamento en el literal b) de la Disposición Derogatoria, Transitoria y Final de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en el artículo 4 de la Resolución dictada, el 10 de diciembre de 2003, por la Sala Plena de este Supremo Tribunal, acuerda REMITIR la presente causa a la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo para que se pronuncie sobre la consulta del fallo proferido en este proceso de amparo, el 1° de abril de 2004, en el primer grado de jurisdicción.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos laboralesconsulta judicialCorte Primerainaccesibilidadjusticiacompetenciaviolación de derechos