Sentencia N° 188 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 0188, Exp. 23-1054, 19/02/2025
Expediente23-1054
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-02-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional presentada por la abogada Bethzy Wilmar Aponte Guerra en representación de Catterine De Abreu Pita, contra una sentencia del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que declaró inadmisible una recusación. La Sala decidió que la acción de amparo era inadmisible debido a la falta de presentación de la copia certificada de la sentencia cuestionada, lo que constituye un requisito esencial para la admisibilidad de la demanda.

Extracto de la motiva

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR En el presente caso la acción de amparo se dirige contra una sentencia dictada el 3 de agosto de 2023, por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede Maracay, por lo que IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 5 de 10 su procedencia debe someterse a los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y a los criterios vinculantes que ha sostenido la Sala en esta materia. Ahora bien, esta Sala ob

Dispositiva

Se declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo; SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo incoada.

Palabras clave

amparoinadmisibilidaddocumentosderechosgarantíasprocedimientojusticia

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