Sentencia N° 188 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 188, Exp. 12-1010, 26/03/2013
Expediente12-1010
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-03-26
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por los fiscales Dislery Cordero León e Israel Paredes contra la decisión de la Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones que anuló una sentencia condenatoria y ordenó un nuevo juicio por contrabando. La Sala consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones violó el debido proceso y la tutela judicial efectiva, al no motivar adecuadamente su fallo y al no establecer la participación de los acusados en los hechos. En consecuencia, se declaró con lugar la acción de amparo y se ordenó la suspensión de los efectos de la sentencia impugnada.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al examinar la decisión de la Corte de Apelaciones, constató que esta no cumplió con el deber de motivación exigido por el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a la nulidad de su fallo. Se evidenció que la Corte no precisó los hechos dados por probados ni la participación de los acusados, lo que constituye un vicio que afecta gravemente el derecho a la justicia. La Sala, al aplicar el principio de inmediación y la sana crítica, concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones no se sustentó en un análisis coherente de las pruebas, lo que justificó la declaratoria de nulidad y la orden de un nuevo juicio ante un juez distinto.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE Y ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Dislery Cordero León e Israel Paredes, actuando en su carácter de Fiscales Octogésimo Cuarto del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia en materia Penal, Tributaria y Aduanera, principal y auxiliar, respectivamente, contra la decisión dictada el 9 de abril de 2012, por la Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que anuló la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Vigésimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio y ordenó la celebración de un nuevo juicio oral y público, a los ciudadanos Argenis Ramírez, Manuel Lourenco, Alberto Rodríguez, Alexis Bahadona, Francisco Javier Blanco Rodríguez y Robert Enrique Blanco Rodríguez, por la presunta comisión del delito de contrabando en la modalidad de transporte. SEGUNDO: ORDENA la notificación del Presidente de la Sala N° 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que esta Sala Constitucional, una vez que conste en autos dicha notificación, fije dentro de cuatro (4) días, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral.

Palabras clave

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