Sentencia N° 1877 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de octubre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1877, Exp. 06-1153, 20/10/2006
Expediente06-1153
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la apelación interpuesta por la sociedad mercantil Constructora Yuruani, C.A. (CONYURCA) contra la decisión del Juzgado Superior que había declarado sin lugar la acción de amparo constitucional. La Sala argumenta que la acción de amparo es inadmisible ya que la parte actora tenía a su disposición medios procesales ordinarios para impugnar la medida cautelar de secuestro dictada sobre sus bienes.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional presupone la inexistencia de un medio procesal idóneo contra la providencia que fue dictada o, caso de la existencia de éste, la imposibilidad de su ejercicio útil o de su agotamiento inútil, dado que, a juicio de este Tribunal, no puede pensarse que el amparo constituya el único medio capaz de ofrecer al justiciable la garantía de un proceso restablecedor de su esfera jurídica cuando hubiese sido lesionada, o sobre la cual haya incidido alguna conducta antijurídica. Por ello, se ha establecido que la escogencia de la acción de amparo frente a las vías, medios o recursos judiciales preexistentes es de carácter excepcional, de modo que sólo es posible cuando circunstancias determinantes de la admisibilidad y procedencia del amparo constitucional así lo ameriten.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida, REVOCA la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar del 17 de julio de 2006 y, en consecuencia, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con medida cautelar innominada.

Palabras clave

amparo constitucionalmedida cautelarsecuestroderecho de propiedadacción de amparoinadmisibilidadjurisdicción constitucional

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca