Sentencia N° 1871 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de noviembre de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1871, Exp. 24-1095, 26/11/2025
Expediente24-1095
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-11-26
DecisiónSE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO planteado.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por Gino José Marcotullio Rodríguez, quien solicitó desistirse de la revisión de una sentencia dictada el 10 de octubre de 2024. La Sala declaró su competencia para conocer la solicitud y, tras analizar el desistimiento, decidió homologarlo, considerando que no se vulneran derechos de orden público ni buenas costumbres.

Extracto de la motiva

En relación a las normas transcritas supra, es pertinente citar el criterio que esta Sala ha señalado en decisiones anteriores, referido a que “…el legislador le otorga al demandante la posibilidad de desistir, como mecanismo de autocomposición procesal, siempre que no se trate de la vulneración de un derecho de orden público o que pueda afectar las buenas costumbres, y que quien actúa tenga la facultad para hacerlo.” (Vid. - entre otras- sentencias números 1028 y 1460 del 28/06/2011 y 28/10/2013, respectivamente). Ello así, esta Sala, luego de analizar las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que el solicitante en revisión acudió personalmente a requerir el desistimiento, y de igual modo, en el presente caso no se encuentra involucrado violaciones al orden público ni a las buenas costumbres y tampoco se verifica que la causa tenga una incidencia de relevancia general, sino que se circunscribe a la esfera particular subjetiva del aquí solicitante. En consecuencia, visto que la solicitud presentada se encuentra dentro de los supuestos contenidos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala acuerda la homologación del desistimiento presentado por el ciudadano Gino José Marcotullio Rodríguez, asistido por la abogada Ibeth Weky Guevara, antes identificados, de la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada el 10 de octubre de 2024, por la Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para decidir la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada el 10 de octubre de 2024, por la Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado La Guaira, planteada por el ciudadano GINO JOSÉ MARCOTULLIO RODRÍGUEZ, asistido por la abogada Ibeth Weky Guevara. SEGUNDO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO planteado.

Palabras clave

desistimientorevisión constitucionalderechosorden públicoCódigo de Procedimiento Civil

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