Sentencia N° 187 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de febrero de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 187, Exp. 11-0195, 29/02/2012
Expediente11-0195
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-29
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1515, declaró inadmisible la solicitud de revisión de la sentencia N° 000367 presentada por Jorge Massaad Mauwad. Posteriormente, se presentó una solicitud de aclaratoria de dicha decisión, la cual fue considerada extemporánea, ya que fue presentada seis días después de la publicación del fallo. La Sala verificó la tempestividad de la solicitud y determinó que no cumplía con los plazos establecidos por el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
La norma procesal transcrita contiene los siguientes supuestos: 1. Que la solicitud debe versar sobre una sentencia definitiva o una interlocutoria sujeta a apelación. 2. Que el Tribunal que emitió la decisión no podrá revocar ni reformar la decisión, solo procederá a aclarar, a instancia de parte, los puntos dudosos o salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones. 3. La solicitud debe realizarse el día de la publicación o en el siguiente. Ahora bien, en el caso de autos, se observa que la solicitud realizada por la parte accionante, el 19 de octubre de 2011, en la que manifestó tener puntos dudosos sobre la sentencia N° 1515 del 11 octubre de 2011 emitida por esta Sala Constitucional, fue presentada intempestivamente, pues la misma se realizó seis (6) días después de haberse publicado el fallo, habiendo transcurrido con creces el lapso que prevé el artículo trascrito supra. En consecuencia, resulta forzoso para esta Sala declarar inadmisible por extemporánea la solicitud de aclaratoria formulada por la parte actora. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE por extemporánea la solicitud de aclaratoria de la decisión n° 1515 emitida por esta Sala el 11 de octubre de 2011, presentada por el abogado Alejandro Bouquet Guerra actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE MASSAAD MAUWAD. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.