Sentencia N° 1869 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de julio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1869, Exp. 03-2595, 20/07/2005
Expediente03-2595
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-20
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia número 2465, declaró sin lugar la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Marcia J. Madrid Bellorín en representación de varios ciudadanos. La solicitud buscaba revisar una decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar un recurso de apelación contra una decisión de amparo. La Sala consideró que no se presentaron motivos suficientes que justificaran la revisión de la sentencia impugnada.

Extracto de la motiva

La labor revisora a que se contrae el numeral 10 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se ejerce de manera facultativa, siendo discrecional para esta Sala entrar a conocer de todos los fallos cuya revisión se solicite. Es necesaria la aclaratoria de que esta Sala, al momento del ejercicio de su potestad de revisión de sentencias definitivamente firmes, está obligada, de acuerdo con una interpretación uniforme de la Constitución y en consideración a la garantía de la cosa juzgada, a guardar la máxima prudencia en cuanto a la admisión y procedencia de solicitudes que pretendan la revisión de sentencias que hayan adquirido el carácter de cosa juzgada judicial.

Dispositiva

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia número 2465 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 31 de julio de 2003, interpuesta por la apoderada judicial de los ciudadanos Tomás Arencibia Ramírez, Richard Urpino Colina, Antonio José Jiménez Guillén y Pitter Francis Arencibia.

Palabras clave

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