Sentencia N° 1861 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de agosto de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1861, Exp. 03-0257, 30/08/2004
Expediente03-0257
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-08-30
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Fernando Villasmil Briceño, Presidente del Consejo Legislativo del Estado Zulia, contra Félix Rodríguez y Ender Ocando, por hechos relacionados con la reactivación de la industria petrolera y petroquímica. La Sala determina su competencia y analiza la legitimidad del accionante, concluyendo que no tiene la facultad para actuar en representación de los intereses colectivos y difusos de la comunidad zuliana en su calidad de Presidente del Consejo Legislativo, aunque sí como ciudadano habitante del Estado Zulia.
Extracto de la motiva
La Sala ha establecido que, hasta tanto se dicten las leyes de procedimiento que atribuyan a otros tribunales competencia para el conocimiento de tales acciones o demandas por intereses difusos o colectivos, corresponderá a la Sala Constitucional el conocimiento de las mismas. En este sentido, la Sala ratifica la posición sentada en el caso Dilia Parra, en cuanto que le corresponde el monopolio exclusivo del conocimiento de las acciones de amparo destinadas a la protección de intereses colectivos o difusos. Así, la Sala reitera que la decisión que recayó en el caso Dilia Parra fue producto de la interpretación constitucional directa del artículo 26 de la Carta Magna, la cual, de acuerdo al artículo 335 del mismo Texto Fundamental, presenta carácter vinculante respecto de las decisiones de todos los Tribunales de la República y de las restantes Salas de este Supremo Tribunal.
Dispositiva
1.- ACEPTA la declinatoria de competencia que hizo el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; y 2.- DECLARA INADMISIBLE la demanda que intentó el ciudadano FERNANDO VILLASMIL BRICEÑO, en su carácter de Presidente del Consejo Legislativo del Estado Zulia, con la asistencia de la abogada Maritza Pérez Parra “actuando en protección de los intereses colectivos y difusos de la comunidad zuliana”, contra el “...ciudadano FÉLIX RODRÍGUEZ, (...) Director Adjunto de Producción y Gerente General de Producción de la División de Occidente, Exploración, Producción y Mejoramiento de la Sociedad Mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA, Sociedad Anónima y contra el ciudadano ENDER OCANDO en su condición de Gerente General de la Sociedad Mercantil PETROQUIMICA DE VENEZUELA , S.A. (PEQUIVEN), por todos los hechos y omisiones por ellos efectuados en el ejercicio de sus cargos mencionados...”.
Palabras clave
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