Sentencia N° 1860 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1860, Exp. 06-1271, 20/10/2006
Expediente06-1271
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Manuel De Sa Dos Santos, quien denuncia la omisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes de decretar su libertad tras haber estado privado de libertad por más de dos años sin juicio. La Sala ordena al juzgado que informe sobre el estado actual de la causa penal y la realización de la audiencia de juicio.
Extracto de la motiva
Esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, actuando de conformidad con las potestades que al efecto le confiere el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el aparte trece artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, estima necesario verificar la actualidad de la presunta lesión constitucional denunciada, antes de proceder a pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción de amparo interpuesta y, en tal sentido, ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, por órgano del juez que esté a su cargo, que dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a su notificación por parte de la Secretaría de esta Sala, más el término de la distancia que es de tres (3) días, informe el estado actual de la causa penal seguida al acusado Carlos Manuel De Sa Dos Santos y, específicamente, si la audiencia de juicio ya fue realizada.
Dispositiva
ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, por órgano del juez que esté a su cargo, que dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a su notificación por parte de la Secretaría de esta Sala, más el término de la distancia que es de tres (3) días, informe el estado actual de la causa penal seguida al acusado Carlos Manuel De Sa Dos Santos y, específicamente, si la audiencia de juicio ya fue realizada.
Palabras clave
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