Sentencia N° 186 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de marzo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 186, Exp. 13-0760, 21/03/2014
Expediente13-0760
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-03-21
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 21 de marzo de 2014, abordó la acción de amparo constitucional interpuesta por Leonardo Julio Capaldo Sapino en representación de su hija adolescente. La Sala declaró sin lugar la apelación contra el fallo de la Corte de Apelaciones que había declarado sin lugar la acción de amparo, pero revocó de oficio dicho fallo y declaró parcialmente con lugar la acción de amparo, ordenando la supresión de los datos de identidad de la adolescente en el acta de audiencia correspondiente, en cumplimiento del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
La decisión se fundamentó en la vulneración de los derechos al honor, vida privada e intimidad de la adolescente, al haberse publicado sus datos personales en el contexto de un juicio penal. La Sala enfatizó la importancia de proteger la identidad de los menores involucrados en procesos judiciales, asegurando que no se expongan a injerencias arbitrarias en su vida privada. Además, se ordenó la eliminación de los datos identificatorios en sentencias previas relacionadas con el caso.
Finalmente, la Sala reafirmó su competencia para conocer de la apelación y la acción de amparo, destacando la necesidad de salvaguardar los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en el marco de la justicia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Leonardo Julio Capaldo Sapino, en su carácter de autos, contra el fallo dictado el 18 de julio de 2013, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta. 2.- REVOCA de oficio el fallo dictado el 18 de julio de 2013, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo ejercida por el abogado LEONARDO JULIO CAPALDO SAPINO, antes identificado, en su carácter de progenitor y en representación de una adolescente, cuya identificación se omite conforme con lo señalado en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; y se ordena al referido Juzgado la supresión de los datos de identidad que sobre la entonces adolescente de autos, reposan en el acta de audiencia para oír al imputado del 14 de diciembre de 2011, con ocasión de la causa penal seguida al referido abogado, por la presunta comisión de los delitos de inducción al suicidio en grado de tentativa, trato cruel y resistencia a la autoridad. 4.- Por orden público constitucional, se ORDENA la eliminación de los datos de identidad que sobre la entonces adolescente de autos, incluyeron la sentencia del 19 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, como en la sentencia del 3 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Leonardo Julio Capaldo Sapino, en su carácter de autos, contra el fallo dictado el 18 de julio de 2013, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta. 2.- REVOCA de oficio el fallo dictado el 18 de julio de 2013, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo ejercida por el abogado LEONARDO JULIO CAPALDO SAPINO, antes identificado, en su carácter de progenitor y en representación de una adolescente, cuya identificación se omite conforme con lo señalado en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas; y se ordena al referido Juzgado la supresión de los datos de identidad que sobre la entonces adolescente de autos, reposan en el acta de audiencia para oír al imputado del 14 de diciembre de 2011, con ocasión de la causa penal seguida al referido abogado, por la presunta comisión de los delitos de inducción al suicidio en grado de tentativa, trato cruel y resistencia a la autoridad. 4.- Por orden público constitucional, se ORDENA la eliminación de los datos de identidad que sobre la entonces adolescente de autos, incluyeron la sentencia del 19 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, como en la sentencia del 3 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Palabras clave
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