Sentencia N° 1854 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de agosto de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1854, Exp. 03-2817, 27/08/2004
Expediente03-2817
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-08-27
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta contra una sentencia que homologó un convenimiento en un juicio interdictal. Los accionantes alegaron violaciones a sus derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, argumentando que el juez había reabierto un proceso ya concluido. La Sala determinó que la homologación del convenimiento era contraria a la cosa juzgada y a los derechos de los accionantes, por lo que revocó parcialmente la decisión impugnada y declaró con lugar la acción de amparo.
Extracto de la motiva
Los accionantes fundamentaron su solicitud de tutela constitucional en la presunta infracción de los derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la libertad económica previstos en los artículos 26, 49 y 112 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente, como consecuencia de la decisión dictada, el 28 de febrero de 2003, por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas que homologó el presunto convenimiento celebrado entre el abogado Carlos Armando Ramírez y el ciudadano Jesús Manuel Zambrano Contreras, por el cual convienen en ponerle fin al juicio referido a la querella interdictal restitutoria incoada por el mencionado ciudadano contra los ciudadanos Héctor Vega Báez, José Belandria, José Lino Vivas, Filadelfio Torbes, Blanca Lina Roa Márquez, Siervo Tulio Vega Báez, Onorio Bolaños, Vicente Vivas y Manuel Vivas. Con respecto a lo denunciado, la Sala observa que consta en autos copia certificada de la sentencia pronunciada, el 3 de abril de 2001, por el entonces Juzgado Superior Sexto Agrario (hoy Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección del Niño y el Adolescente y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, según Resolución dictada por la Sala Plena de este Alto Tribunal nº 2003-00016 del 2 de julio de 2003), con sede en la ciudad de San Cristóbal y competencia territorial en el Estado Barinas, mediante la cual se declaró con lugar la apelación ejercida por la representación judicial de los ciudadanos Héctor Vega Báez, José Belandria, José Lino Vivas, Filadelfio Torbes, Blanca Lina Roa Márquez, Siervo Tulio Vega Báez, Onorio Bolaños, Vicente Vivas y Manuel Vivas, contra la decisión dictada, el 25 de octubre de 2000, por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, que declaró con lugar la acción interdictal restitutoria interpuesta por el ciudadano Jesús Manuel Zambrano Contreras.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley REVOCA PARCIALMENTE la decisión dictada, el 3 de octubre de 2003, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección del Niño y del Adolescente y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira (antes Juzgado Superior Sexto Agrario), y en su lugar declara con lugar la acción amparo constitucional incoada por los ciudadanos José Lino Vivas, Blanca Lina Roa Márquez, Honorio Bolaños, Siervo Tulio Vega y Héctor Vega Báez, contra la sentencia dictada, el 28 de febrero de 2003, por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
Palabras clave
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