Sentencia N° 1853 — Sala Constitucional del TSJ, 27 de agosto de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1853, Exp. 03-2683, 27/08/2004
Expediente03-2683
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-08-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por BRUMER, C.A. contra la omisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia. La acción de amparo se fundamentaba en la designación ilegal de un depositario especial, la cual había cesado, lo que llevó a la inadmisibilidad de la acción. La Sala determina su competencia para conocer de la consulta y confirma el fallo consultado.
Extracto de la motiva
La norma antes señalada, exige, por argumento en contrario, como presupuesto de admisibilidad para el ejercicio de la acción de amparo, que la amenaza o violación del derecho o garantía constitucional se encuentren vigentes. En el presente caso, la Sala observa, que la pretensión de amparo originariamente obra contra la designación ilegal del ciudadano Calixto Rocca como depositario especial de los bienes objeto de embargo propiedad de la accionante, lo cual cercenaba sus derechos consagrados en los artículos 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ahora bien, consta en las actas, que mediante decisión del 24 de septiembre de 2003, emanada de esta Sala Constitucional, en la solicitud de avocamiento que formuló el ciudadano Juan Manuel Santana, apoderado judicial de Brumer, S.A., dicha designación se anuló, por lo que en la actualidad no se encuentra vigente, razón por la cual la violación denunciada cesó.
Dispositiva
CONFIRMA, la sentencia que dictó el 29 de septiembre de 2003 el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial de BRUMER, S.A., contra la omisión del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.