Sentencia N° 1851 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de octubre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1851, Exp. 06-1087, 20/10/2006
Expediente06-1087
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por Carlos Lobo contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La acción fue motivada por la destitución de Lobo del cargo de Director de Tesorería del Instituto de Previsión Social del Médico, alegando violaciones a sus derechos constitucionales. La Sala determinó que la acción de amparo era inadmisible por haber cesado la violación constitucional, dado que Lobo fue reincorporado a su cargo antes de la decisión.

Extracto de la motiva

El objeto de la acción de amparo constitucional fue el restablecimiento de la situación jurídica infringida producto de la supuesta destitución del cargo de Director de Tesorería que ostentaba el ciudadano Carlos Lobo, atribuida al Presidente del Instituto de Previsión Social del Médico. El accionante pretendió con la acción de amparo la reincorporación al cargo de Director de Tesorería y la notificación a las entidades bancarias donde el referido instituto posee sus cuentas de tal decisión. Por su parte, el fallo apelado dictado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo como punto previo desestimó la impugnación del poder acreditado en autos por el apoderado del Instituto de Previsión Social del Médico y declaró inadmisible sobrevenidamente la acción de amparo incoada, por estar incursa en la causal de inadmisibilidad contenida en el cardinal 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por haber cesado la violación constitucional.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR la apelación incoada por el abogado Virgilio Briceño, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano CARLOS LOBO, contra la sentencia dictada el 22 de junio de 2006 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró inadmisible sobrevenidamente la acción de amparo constitucional intentada por el precitado ciudadano, contra “los actos, actuaciones materiales y vías de hecho realizados” por el ciudadano Francisco Martínez Morales, en su condición de Presidente del Instituto de Previsión Social del Médico, mediante los cuales lo destituyó del cargo de Director de Tesorería de dicha institución. 2.- CONFIRMA la decisión apelada. 3.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional.

Palabras clave

amparo constitucionalderechos constitucionalesdestituciónInstituto de Previsión Social del MédicoreincorporaciónCorte Segunda de lo Contencioso Administrativoviolación constitucional

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca