Sentencia N° 185 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de marzo de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 185, Exp. 06-0608, 09/03/2009
Expediente06-0608
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2009-03-09
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de aclaratoria presentada por el apoderado judicial de Audio Rafael Urribarri respecto a la sentencia N° 1.227. La solicitud se fundamentó en la supuesta existencia de puntos dudosos en el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero de Transición de lo Contencioso Administrativo. La Sala analizó la normativa aplicable y concluyó que no existían errores materiales ni puntos oscuros que justificaran la aclaratoria solicitada.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Constitucional pronunciarse sobre la solicitud de aclaratoria del fallo dictado por esta Sala el 19 de junio de 2006; al respecto, observa: El artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del párrafo 2 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone lo siguiente: '[...] Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación, no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia o dictar ampliaciones, dentro de los tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el día siguiente'. La aclaratoria o ampliación, constituye un mecanismo que permite determinar el alcance exacto de la voluntad del órgano decisor, a los fines de su correcta comprensión y ejecución, o para salvar omisiones, hacer rectificaciones de errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos que aparecieren de manifiesto en la sentencia (vid. sentencia Nº 2524 del 5 de agosto de 2005, caso: Alejandro Angulo Fontiveros).
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada por el apoderado judicial del ciudadano AUDIO RAFAEL URRIBARRI, de la sentencia N°1.227 dictada por esta Sala el 20 de junio de 2006. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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