Sentencia N° 1846 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de octubre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1846, Exp. 07-0785, 15/10/2007
Expediente07-0785
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 15 de octubre de 2007, declaró sin lugar la apelación interpuesta por la Gerencia de Regímenes Aduaneros del SENIAT contra la decisión del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, que había admitido la solicitud de amparo constitucional presentada por Laboratorios Leti S.A.V. La Sala fundamentó su decisión en que la negativa de reexportación de mercancía por parte del SENIAT no se ajustó a derecho, dado que el producto en cuestión, Pharmorat, debía ser considerado un medicamento y no una preparación alimenticia, lo que invalidaba las sanciones impuestas por la administración aduanera.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la negativa de la Gerencia de Regímenes Aduaneros a la solicitud de reexportación de la mercancía de Laboratorios Leti, S.A.V. se basó en la incorrecta clasificación arancelaria del producto Pharmorat. Sin embargo, se establece que el Ministerio de Salud había autorizado la importación de dicho producto como medicamento, lo que implica que la clasificación realizada por Laboratorios Leti, S.A.V. era correcta. La administración tributaria no tiene competencia para determinar la naturaleza de un producto en términos de su clasificación como medicamento o alimento, lo que refuerza la posición de la parte actora. Por lo tanto, la decisión de negar la reexportación y las sanciones impuestas carecen de fundamento legal.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación propuesta por la abogada Flor María Zurita, en su carácter de apoderada judicial de la Gerencia de Regímenes Aduaneros, adscrita a la Intendencia Nacional de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), contra la decisión dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual fue publicada el 3 de abril de 2007. En consecuencia, se CONFIRMA dicha decisión.

Palabras clave

amparo constitucionalreexportaciónmercancíaclasificación arancelariamedicamentoSENIATderechos fundamentales

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