Sentencia N° 1846 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de julio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1846, Exp. 03-0514, 09/07/2003
Expediente03-0514
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-07-09
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito, que declaró terminado el procedimiento por abandono del trámite en la demanda de amparo interpuesta por Freddy José Salazar Pacheco. La apelación fue desestimada debido a la falta de comparecencia del demandante a la audiencia correspondiente, lo que se consideró suficiente para dar por terminado el procedimiento.

Extracto de la motiva

Observa la Sala que la decisión que impugnó el supuesto agraviado por vía de amparo fue la que dictó, en alzada, el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 28 de octubre de 2002, que declaró con lugar la demanda que, por desalojo, siguió en su contra el ciudadano Luciano Muscolino Lapi, en la que se le ordenó el desalojo de un inmueble “constituido por seis (06) puestos techados de estacionamiento de aproximadamente ochenta metros cuadrados (80,00 m2) de superficie, situado en la Urbanización Monterrey, Estacionamiento y desarrollo Surimar, Municipio Baruta, Distrito Sucre del Estado Miranda”, y el pago de cánones de arrendamiento insolutos, daños, perjuicios y costas procesales. El Juzgado a quo declaró la terminación del procedimiento por abandono del trámite, por cuanto el querellante no asistió a la audiencia oral y pública, además de que consideró que no hubo violación del orden público. Con motivo de la apelación el recurrente alegó que, en el juicio en el que se dictó la sentencia objeto de impugnación, se produjeron vicios procesales que afectan el orden público cuya aceptación, por otros Jueces, incitaría al caos social, lo cual afectaría a la colectividad.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA, en los términos expuestos, la sentencia que fue objeto de apelación que dictó, el 31 de enero de 2003, el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite en la demanda de amparo que interpuso el ciudadano FREDDY JOSÉ SALAZAR PACHECO contra la decisión que pronunció, el 28 de octubre de 2002, el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa misma circunscripción judicial. En consecuencia, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que se incoó contra el precitado fallo.

Palabras clave

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