Sentencia N° 184 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de mayo de 2021

TSJ/SC, Sent. N° 0184, Exp. 18-0458, 21/05/2021
Expediente18-0458
PonenteJUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2021-05-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia número 0071 de fecha 15 de junio de 2020, dictó una prórroga de doce meses para el cumplimiento de las medidas cautelares establecidas en dicha sentencia. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar los derechos políticos de los ciudadanos y la adecuación de los estatutos de la organización política Acción Democrática a la Constitución.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Mediante sendos escritos presentados ante la Secretaría de esta Sala Constitucional, en fechas 12 y 14 de abril de 2021, el ciudadano JOSÉ BERNABÉ GUTIÉRREZ PARRA, asistido por el abogado LEOPOLDO PITA MARTÍNEZ, solicitó la ejecución forzosa de la sentencia número 0071 de fecha 15 de junio de 2020 dictada por esta Sala Constitucional, y una Prórroga de dos años contados a partir del vencimiento de la decisión del fallo dictado por esta Sala Constitucional a la medida cautelar decretada en el numeral 4 del Dispositivo Tercero de dicho fallo, esto es, el día quince (15) de junio del año dos mil veintiuno (2021) y pretendido prorrogar dicho lapso hasta el día quince (15) de junio del año dos mil veintitrés (2023), argumentando entre otras razones, que “en estos momentos tenemos presencia de la nueva Cepa del coronavirus que es más letal(…)”. De los argumentos expuestos por el solicitante, se desprende un conjunto de elementos que además de contradictorios y que se excluyen mutuamente, pretenden justificar el incumplimiento a las medidas dictadas por esta Sala, en particular, la de realizar la consulta interna para la necesaria actualización y modificación de los estatutos vigentes

Dispositiva

Se declara la PRÓRROGA DE DOCE (12) MESES al plazo concedido en la sentencia número 0071 de fecha 15 de junio de 2020 por esta Sala a la medida cautelar decretada en el numeral 4 del Dispositivo Tercero de dicho fallo, esto es, hasta el día quince (15) de junio del año dos mil veintidós (2022).

Palabras clave

prórrogamedida cautelaracción de amparoAcción Democrática

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