Sentencia N° 1836 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de octubre de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1836, Exp. 05-2024, 20/10/2006
Expediente05-2024
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por ARNOUT DE MELO y otros, contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, por omisiones en pronunciamientos relacionados con la prueba de informes y la prohibición de enajenar un inmueble. La Sala ordenó al juzgado que en un plazo de 48 horas suministrara la información solicitada y advirtió sobre posibles responsabilidades administrativas por incumplimiento.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al examinar la acción de amparo constitucional, consideró que era necesario conocer si el Juzgado Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito había proveyó la solicitud de la parte accionante en relación con la evacuación de la prueba de informes y la solicitud de prohibición de enajenar y gravar. La Sala dictó auto para mejor proveer, ordenando al juzgado que en un lapso perentorio de 48 horas suministrara la información requerida y advirtió sobre las consecuencias de no cumplir con lo ordenado, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
ORDENA al Juzgado Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que en un lapso perentorio de 48 horas, computados desde la fecha de recibo del oficio que se libre al efecto, suministre la información a que se hizo referencia supra e informe a esta Sala respecto del estado actual en que se encuentra el mencionado juicio de simulación.
Palabras clave
amparo constitucionalomisión de pronunciamientoprohibición de enajenarprueba de informesresponsabilidad administrativajuzgadoacción de amparo