Sentencia N° 1834 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1834, Exp. 14-1030, 17/12/2014
Expediente14-1030
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaAgrario
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónAnula la sentencia objeto de revisión y declara desistida la apelación

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Agrario Superior que desaplicó parcialmente el artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, argumentando que la figura de la confesión ficta vulnera principios constitucionales en materia agraria. La Sala determinó que el juez agrario debe garantizar el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, y que la desaplicación del artículo fue incorrecta. Se anula la sentencia y se declara desistida la apelación presentada por la demandada.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que el procedimiento ordinario agrario debe garantizar la tutela judicial efectiva y el derecho a la defensa, especialmente en casos donde se aplica la figura de la confesión ficta. Se argumenta que esta figura no debe aplicarse en materia agraria, ya que puede afectar el orden público y los derechos de los campesinos. La Sala concluye que el juez agrario tiene la obligación de verificar la realidad de la pretensión ejercida y no puede limitarse a aplicar la confesión ficta sin considerar las circunstancias del caso. Por lo tanto, se anula la desaplicación del artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y se ordena la reposición de la causa al estado de dictar nueva sentencia.

Dispositiva

1. NO CONFORME A DERECHO la desaplicación parcial del artículo 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, efectuada en la sentencia del 23 de abril de 2014, por el Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los Estados Aragua y Carabobo. 2. REVISA DE OFICIO, por razones de orden público constitucional, la sentencia del 23 de abril de 2014, por el Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los Estados Aragua y Carabobo. 3. HA LUGAR la revisión de la sentencia del 23 de abril de 2014, por el Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los Estados Aragua y Carabobo. 4. ANULA la antedicha sentencia, objeto de revisión. 5. DESISTIDA la apelación ejercida el 12 de agosto de 2013 por la ciudadana Llosiri Llelisa Rodríguez Méndez, asistida por el abogado Richard Alexis Bernal León, contra la decisión del 5 de agosto de 2013, dictada por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la cual se confirma.

Palabras clave

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