Sentencia N° 1833 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de noviembre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1833, Exp. 25-0094, 18/11/2025
Expediente25-0094
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-11-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Luis Mogollón Mogollón contra el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción por la presunta violación de derechos constitucionales, argumentando que la situación jurídica denunciada había cesado tras el pronunciamiento del tribunal de control sobre las solicitudes del accionante.
El tribunal constató que la audiencia preliminar se había celebrado y que se habían abordado las solicitudes de control judicial y de exención del pago de estacionamiento, lo que llevó a la conclusión de que no existía una violación a los derechos alegados. Por lo tanto, la acción de amparo fue considerada inadmisible, ya que la presunta lesión había sido resuelta.
Finalmente, la Sala Constitucional confirma la decisión de la Corte de Apelaciones y declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el demandante, reafirmando la competencia del tribunal de control en el caso de lesiones culposas con multiplicidad de víctimas.
Extracto de la motiva
En consecuencia, esta Sala declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jorge Luis Mogollón Mogollón, actuando en nombre propio, de conformidad con el cardinal 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y confirma la decisión dictada el 19 de diciembre de 2024, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. Así se decide.
Dispositiva
Se declara inadmisible la Acción de Amparo Constitucional interpuesta contra el Tribunal de Control N° 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, por el ABG. JORGE LUIS MOGOLLÓN, I.P.S.A. N° 23.834, actuando en nombre propio.