Sentencia N° 1823 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de julio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1823, Exp. 03-0239, 04/07/2003
Expediente03-0239
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-07-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional solicitado por Magdy Coromoto Lira Olivo en representación de su hijo, quien había estado detenido por más de dos años sin juicio. La Corte de Apelaciones había declarado improcedente la demanda de amparo, lo que llevó a la parte demandante a recurrir al TSJ. La Sala consideró necesario obtener información sobre el estado actual del proceso penal que se le sigue al quejoso, ordenando a la Presidencia del Circuito Judicial Penal que suministrara dicha información en un plazo de tres días.

Extracto de la motiva

La ciudadana Magdy Coromoto Lira Olivo, en representación de su hijo Danny Acacio Lira, intentó la demanda de amparo por la supuesta violación de los derechos a la libertad y al debido proceso que le ocasionó la decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas que declaró sin lugar la solicitud otorgamiento de libertad a su hijo, quien había permanecido más de dos años detenido sin que se produjera sentencia definitiva y sin que siquiera se le realizara el juicio oral y público. Ahora bien, considera esta Sala que, para la resolución del caso bajo análisis, se requiere la certeza sobre el estado actual del proceso penal que se le sigue al quejoso del cual conoció el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, por la supuesta comisión del delito de homicidio calificado en ejecución de robo. Por ello se ordena, con carácter de urgencia, a la Presidencia del precitado Circuito Judicial Penal que, en un lapso de tres (03) días, que se contarán desde la recepción del oficio correspondiente, suministre a esta Sala la información sobre la situación actual de dicha causa, con el acompañamiento de copia certificada del expediente.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y cúmplase con lo que se ordenó.

Palabras clave

amparo constitucionalhabeas corpusderechos humanoslibertaddebido procesodetenciónhomicidio calificadoEstado Vargas

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