Sentencia N° 1821 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de diciembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1821, Exp. 23-0336, 08/12/2023
Expediente23-0336
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-08
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Ferdinando Carlos Moniz Araujo contra el acto administrativo de verificación de deberes formales que llevó al cierre temporal de su establecimiento. Se argumenta que la contribuyente no agotó las vías ordinarias para impugnar la decisión administrativa, lo que justifica la inadmisibilidad del recurso. La sentencia resalta la importancia de seguir los procedimientos establecidos en el Código Orgánico Tributario para la defensa de los derechos constitucionales.

Extracto de la motiva

motivado al cierre por parte de la Alcaldía de Caroní; el cual fue calificado como unilateral y arbitrario, violando la garantía constitucional del [d]ebido [p]roceso, rechazando el acta de verificación de deberes formales objeto de la acción de Amparo. Dentro de las circunstancias fácticas, señal[ó]: Que en aquel día anterior al 21 de septiembre el día del cierre, en el mes de julio, SuperBodegón Express fue objeto de una verificación fiscal, que no había sido notificada de las resultas de esa verificación a la fecha del cierre del 21 de septiembre, se presenta un fiscal de la Alcaldía con un acta una providencia, autorizándolo hacer un acta verificación de deberes formales, no estando presente ninguno de los representantes legal de la contribuyente, se entiende con un visitante que estaba allí y de manera arbitraria se exige una documentación que por supuesto no se entregó por cuanto la persona que lo atiende no está autorizada no es la persona idónea y le realizan un cierre el acta de verificación dice en el cierre que se procede el cierre hasta tanto cancelen (sic), los impuestos, luego voy a la Alcaldía como representante del contribuyente, me entreviste con la Superintendente Tributario, y en ese momento lo notifican de un reparo de la verificación fiscal que hicieron en julio y le

Dispositiva

Se declara inadmisible la acción de amparo interpuesta, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 cardinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Palabras clave

amparoconstitucionalinadmisiblederechostributarios

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