Sentencia N° 1821 — Sala Constitucional del TSJ, 1 de diciembre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1821, Exp. 10-0774, 01/12/2011
Expediente10-0774
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-12-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 1 de diciembre de 2011, declaró con lugar la pretensión de amparo interpuesta por Hugo Humberto Márquez contra la sentencia N° 011-10 de la Corte de Apelaciones del Estado Zulia. La Sala consideró que la decisión apelada violó los derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, al no valorar adecuadamente las pruebas y al incurrir en vicios de motivación. Se ordenó la anulación de la sentencia impugnada y la realización de un nuevo juicio ante un órgano distinto.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la pretensión de amparo, destacó que la sentencia N° 011-10 de la Corte de Apelaciones no cumplió con los requisitos de motivación exigidos por la ley, lo que conllevó a una violación de los derechos fundamentales del accionante. Se argumentó que la Corte de Apelaciones actuó fuera de su competencia al valorar pruebas que debían ser analizadas por el juez de juicio, lo que afectó la legalidad del fallo. La Sala concluyó que la falta de una motivación adecuada en la sentencia impugnada afectó el derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, por lo que se decidió anular dicha sentencia y ordenar un nuevo juicio.
Dispositiva
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECIDE: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación presentado por la abogada CARMEN ELOINA (sic) PUENTE, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público, contra la Sentencia N° 018-09, de fecha quince (15) de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. SEGUNDO: ANULA la Sentencia Nº 018-09, de fecha quince (15) de Octubre de 2009, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. TERCERO: ORDENA de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 434 ejusdem, la realización de UN NUEVO JUICIO ORAL ANTE UN ÓRGANO SUBJETIVO distinto al que dictó la sentencia anulada, prescindiendo de los vicios que condujeron a la nulidad de la sentencia impugnada. CUARTO: Se MANTIENE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada al ciudadano HUGO MÁRQUEZ, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.