Sentencia N° 1818 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1818, Exp. 13-0973, 17/12/2013
Expediente13-0973
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2013-12-17
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de extradición presentada por la abogada María Esther Linares Camacaro en representación de Juan Carlos Yagual Mendoza, quien se encuentra recluido en México. La Sala determinó que no era competente para conocer del caso, ya que la solicitud de extradición corresponde a la Sala de Casación Penal, de acuerdo con la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se fundamenta en que la materia es penal y debe ser tratada por la sala correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala precisa, conforme con el contenido de la disposición normativa citada, que el Tribunal que debe conocer la presente solicitud de extradición es la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, toda vez que la petición de extradición se corresponde con la materia penal, en específico, con la posibilidad de que un ciudadano venezolano condenado en los Estados Unidos Mexicanos cumpla su condena en el territorio venezolano.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara: su INCOMPETENCIA para conocer de la solicitud de extradición presentada por la abogada María Esther Linares Camacaro, en su condición de “DEFENSORA PRIVADA” del ciudadano Juan Carlos Yagual Mendoza, y DECLINA LA COMPETENCIA en la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

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