Sentencia N° 1813 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de octubre de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1813, Exp. 06-0285, 08/10/2007
Expediente06-0285
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisa un auto de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, que desaplicó el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con varios acusados por delitos de distribución de sustancias estupefacientes. La Sala ordena a la Corte de Apelaciones que remita información sobre la notificación a las partes y la posible apelación del auto de desaplicación. Ante la falta de respuesta, se impone una multa al Juez Presidente de la Corte de Apelaciones por incumplimiento.
Extracto de la motiva
Ahora bien, toda vez que a la presente fecha el referido Tribunal no ha cumplido con lo que fue ordenado por esta Sala, con fundamento en el cardinal 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se impone al Juez Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, responsable de la remisión de la información que fue solicitada, una multa de mil unidades tributarias (1.000 U.T.). Junto con ello, para el pronunciamiento de una decisión que sea ajustada a derecho, se ordena, nuevamente, a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico que, en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, más el correspondiente término de la distancia, remita a esta Sala la información que se le pidió.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase con lo ordenado. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Inspectoría General de Tribunales.
Palabras clave
desaplicaciónCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de Apelacionessustancias estupefacientesmultanotificaciónrevisión constitucional