Sentencia N° 1812 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de julio de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 1812, Exp. 04-1387, 19/07/2005
Expediente04-1387
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-07-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Adrián Sánchez. La inadmisibilidad se basa en que el accionante no cumplió con la orden de corrección de su solicitud, tal como lo establecía el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala determina que la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley justifica la decisión de inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
Como se ha dicho, la sentencia que debe revisar esta Sala declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Mónica Rojas Rodríguez, asistiendo al ciudadano Adrián Sánchez, en vista que el accionante no corrigió adecuadamente lo ordenado por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas. Ahora bien, se evidencia de las actas que conforman el presente expediente, que la mencionada Corte de Apelaciones ordenó la corrección del escrito contentivo de la acción de amparo el 19 de diciembre de 2003, “a los fines de que amplíe su escrito e indique al Tribunal la fecha en la que le fuera impuesta la pena de (d)os años y (o)cho meses, por la comisión del delito de actos lascivos todo de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales”. La debida notificación fue practicada el 22 de diciembre de 2003. Igualmente, esta Sala observa, y así consta en autos, -como bien lo señaló la mencionada Corte de Apelaciones- que la parte actora no cumplió con la orden impartida por la misma.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas, el 7 de mayo de 2004, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ADRÍAN SÁNCHEZ, debidamente asistido por la abogada Mónica Rojas Rodríguez, contra el Juzgado Primero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas. Publíquese y regístrese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.