Sentencia N° 1811 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de octubre de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1811, Exp. 06-1774, 05/10/2007
Expediente06-1774
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Bienes Raíces Berfedo C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Tercero que había declarado con lugar la acción de amparo presentada por Rodrigo Antonio Hernández. La Sala consideró que las cuestiones previas opuestas por el demandado debieron ser atendidas, ya que su presentación anticipada no perjudicaba a la contraparte. Además, se determinó que la Resolución de la Dirección General de Inquilinato que otorgaba un derecho de preferencia al accionante era un documento público que debía ser evaluado en el proceso.

Extracto de la motiva

La decisión objeto del presente recurso de apelación declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta contra el fallo de segunda instancia dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por considerar que las cuestiones previas opuestas por la parte demandada –hoy accionante- debieron haber sido tomadas en cuenta por el Tribunal de Municipio, toda vez que, si bien es cierto que fueron presentadas de forma extemporánea por anticipada, ello no ocasiona una desigualdad que perjudique a su contraparte, por lo tanto, en atención al principio indubio pro defensa y en aras de garantizar una tutela judicial efectiva, debieron ser atendidas. Por otra parte, estimó que la Resolución emanada de la Dirección General de Inquilinato que otorgaba el derecho de preferencia sobre el inmueble objeto de litigio al accionante constituía un documento público, por lo que sí podía ser presentado –y resuelto- ante la alzada.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación de Bienes Raíces Berfedo C.A., tercera interesada, contra la decisión dictada el 20 de noviembre de 2006, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se REVOCA el mencionado fallo que declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por el ciudadano RODRIGO ANTONIO HERNÁNDEZ, contra la decisión dictada el 26 de abril de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial. TERCERO: SIN LUGAR la acción de amparo propuesta contra la decisión dictada el 26 de abril de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación de Bienes Raíces Berfedo C.A., y parcialmente con lugar la demanda interpuesta contra el hoy accionante.

Palabras clave

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