Sentencia N° 181 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de marzo de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 181, Exp. 04-1867, 08/03/2005
Expediente04-1867
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-03-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre la admisibilidad de la acción de amparo interpuesta por Renato Fragata de Domenico contra un fallo de la Corte de Apelaciones. Se requiere información sobre la notificación de las partes respecto a un auto de sobreseimiento dictado en un proceso penal. La Sala ordena al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal que remita copia certificada de los documentos que acrediten la notificación y del recurso de apelación presentado por el demandante.

Extracto de la motiva

Por cuanto, para los efectos de la decisión sobre la admisibilidad y procedencia de la acción de amparo que interpuso el ciudadano RENATO FRAGATA DE DOMENICO, titular de la cédula de identidad n° 81.981.125, contra el fallo que dictó la Sala n° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Distrito Metropolitano de Caracas, el 14 de enero de 2004, esta Sala requiere el conocimiento de la oportunidad cuando las partes respectivas fueron notificadas del auto de sobreseimiento que, el 13 de noviembre de 2003, publicó la Jueza Décimo Cuarta del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en el proceso penal dentro del cual el actual demandante ejerció apelación contra dicho pronunciamiento, la cual fue declarada inadmisible, por extemporánea, mediante el auto contra el cual se incoó la acción de amparo que impulsó el presente proceso.

Dispositiva

ORDENA al Juez Presidente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que remita a esta Sala, en un lapso de cinco días computables a partir de la recepción del oficio correspondiente, copia certificada de los instrumentos que acrediten que las partes que intervienen en el prenombrado proceso penal quedaron legalmente notificadas del antes referido auto de 13 de noviembre de 2003, que dictó la predicha Jueza de Control; asimismo, copia certificada del escrito continente del recurso de apelación que el actual accionante ejerció contra la antes citada decisión judicial, con expreso requerimiento de que, en dicha copia, conste la fecha cuando fue presentado el predicho recurso.

Palabras clave

amparonotificaciónproceso penalapelaciónsobreseimientodecisión judicial
¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca